Suprema falla en favor de familia de niño atropellado el 2005 y condena millonario pago

Enero 5, 2012 por El Insular

La justicia entregó el último fallo por el accidente ocurrido en el 2005 en Ancud, donde el pequeño de 5 años Cristian Avalos Santana, pereció producto del atropello de un bus del recorrido urbano de la comuna. La empresa deberá cancelar 40 millones de pesos.

Pese a que la contienda judicial se dilató por casi 7 años, luego de las continuas apelaciones y recursos judiciales interpuestos por los demandados, la historia fatídica en que el 6 de enero del 2005 el pequeño perdió la vida, producto de las graves lesiones, llega a su fin en el plano legal, según lo decretado en última instancia.

Pese a que el dictamen en primera instancia, fallado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt en el año 2009, condenaba a la empresa de Buses Urbanos N° 1 al pago de 40 millones de pesos –por los daños morales causados a la familia del pequeño-, la firma de rodados decidió llegar hasta la última instancia judicial, donde finalmente se ratificó la sentencia regional.

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

“Nosotros estamos contentos con esta sentencia, porque quedó demostrado que había existido una responsabilidad del conductor en el accidente”, señaló el abogado querellante, Claudio Mendoza, en diálogo con El Insular. Añadió el jurista que “además correspondía una responsabilidad solidaria a la propietaria de dicha máquina”.

Si bien el profesional advirtió que el pago de la sentencia no compensa la pérdida del ser querido para la familia de la víctima, “sí creemos que el fallo satisface, desde el punto de vista jurídico, las pretensiones que nos habíamos impuesto”, acotó.

DRAMATICA TARDE DE VERANO

Los hechos ocurrieron a la altura del número 170 de Calle Las Rosas, en la Villa San Valentín, en el sector norte de la ciudad, aquella tarde de verano. Cristian había asistido a un cumpleaños junto a sus padres, cuando a eso de las 7 y media de la tarde, cuando cruzaba la calle, fue embestido por la pesada máquina de pasajeros con su parte posterior, de acuerdo a las condiciones de tránsito existentes.

Fueron los propios familiares del niño quienes se percataron del peligro, al escuchar desde adentro de la vivienda el fuerte ruido de motor emitido por el microbús, alcanzando la tía de la víctima, Alejandra Cortez Avalos, a observar desde una ventana el momento preciso cuando el menor era golpeado en la cabeza por la parte posterior izquierda de la máquina patente FR-5636.

Fue ese golpe el que habría provocado, según el informe médico, un traumatismo encéfalo craneano abierto y de cuidado en el menor, que finalmente fue la causa del fallecimiento.

Según el relato de la testigo presencial, el chofer del vehículo no habría intentado siquiera esquivar al pequeño o frenar, simplemente continuando su recorrido, hasta llegar a una caseta de control de la línea, ubicada a escasos metros del accidente.

Esta parte del relato fue esencial al momento del fallo judicial, ya que no pudo ser comprobada por los demandados algún tipo de responsabilidad del menor en el accidente, lo cual era alegado por la defensa.

CUARENTA MILLONES

Ahora, según informa el abogado querellante, sólo resta realizar los trámites legales para el cumplimiento de la sentencia, que obliga a la propietaria del microbús, Teresa Nenén, a cancelar la suma determinada por la justicia: 40 millones de pesos.

Advierte Mendoza que aún no se ha llegado a ningún acuerdo con la empresa de rodados para el pago de lo ordenado por el tribunal, y que tampoco se han establecido plazos para el pago de la compensación económica, pero que la importancia de este fallo es demostrar a los familiares de quienes  han sido víctimas de accidentes de tránsito, que existen acciones legales para obtener indemnizaciones y que “las responsabilidades no sólo están dadas por el conductor de un vehículo, sino también por el dueño de éste”, apuntó.

Consultamos a uno de los administradores de la Línea de Buses Nº 1 de Ancud, Humberto Guajardo, sobre lo dictaminado por la justicia. Éste sostuvo a El Insular que “no estaba informado” sobre lo que se le preguntaba, y que era un tema que veía su abogado, declinando referirse al asunto.