Tribunal condena a empresa por prácticas desleales
Julio 13, 2009 por El Insular
El Juzgado de Letras de Castro condenó a la Empresa Holding And Trading S.A., denunciada por haber incurrido en prácticas desleales en desmedro de los trabajadores del Sindicato “La Unión hace la Fuerza”. Se resolvió sancionar económicamente a la industria con instalaciones en la comuna de Queilen. Actualmente el proceso se ventila en la Corte de Apelaciones de la ciudad de Puerto Montt.
La condena en contra de la planta de propiedad del inversionista Francisco Javier Errázuriz, tiene sus orígenes en una denuncia interpuesta por la organización sindical en la Inspección Provincial del Trabajo. La figura de prácticas desleales se configura durante el desarrollo del período de negociación colectiva y huelga legal que los operarios llevaron adelante por ver mejoradas sus condiciones salariales y de trabajo.
Fue precisamente el sindicato de operarios que trabajaban en los centros de cultivos salmoneros Aulen y Tumaumón –ubicados en Compu- el que con fecha 19 de noviembre de 2007, denunció a la empresa empleadora al permitir el reemplazo ilegal de las funciones propias de los trabajadores involucrados en la huelga desde el primer día de haberse hecha efectiva.
BONO DE REEMPLAZO
Esta situación fue verificada en terreno el 20 de noviembre durante una visita inspectiva realizada por una funcionaria de la Inspección en compañía del dirigente sindical, Javier Haro. El 23 del mismo mes, se realizó una segunda fiscalización, comprobándose la misma infracción por parte de la propia autoridad marítima, que llegó hasta las instalaciones en compañía de un equipo de funcionarios de la misma repartición pública. El abogado de este servicio, Jaime Calderón, expresó que la falta por parte de la empresa se produce a partir del reemplazo de los trabajadores sin considerar el pago de un bono para cada uno de los huelguistas. “La empresa Holding and Trading no contemplaba este bono de reemplazo que la habilitaba para reemplazar las funciones de los trabajadores en huelga, aduciendo en su momento que la empresa iba a ser vendida”. Cada operario reemplazado tuvo que haber recibido una asignación económica equivalente a las 4 Unidades de Fomento.
MODIFICACIONES
El funcionario del Ministerio del Trabajo aseveró que el propio tribunal letrado en función de los antecedentes denunciados condenó a Holding and Trading, toda vez que sus ejecutivos cometieron una serie de alteraciones en el normal funcionamiento de las faenas precisamente durante el desarrollo del paro legal de actividades del sindicato de trabajadores. Calderón señaló que la planta salmonera “alteró, por ejemplo, los horarios de trabajo, gente que tenía un horario le fue cambiado su horario de trabajo. Los trabajadores no sindicalizados que se quedan trabajando en los centros, asumen una mayor carga de trabajo y se contrató una empresa de buceo externa para extracción de mortalidad”. A esta situación se agregó la destinación de buzos para maniobrar embarcaciones sin la respectiva autorización marítima, como así también el asignar a los propios empleados labores en calidad de alimentadores de la producción salmonídea.
ORDEN JUDICIAL
A la luz de los hechos denunciados ante la autoridad del trabajo por reemplazo ilegal, se dispuso de la presencia de una funcionaria de este servicio para que con fecha 3 de diciembre procediera a notificar a la empresa que por una orden judicial debía dar término a la contratación de nuevos empleados, teniendo que cerrar por obligación ambos centros de producción en Compu. Dos días más tarde, se constató que la instrucción del Juzgado de Letras no se había cumplido. El jurista consigna que un acto de total gravedad cometido por la empresa, “tuvo que ver con la circulación de un correo electrónico extendido por dos representantes a cada empleado, señalándoles que ellos habían obtenido una contraorden judicial en el tribunal de Castro y que podían reanudar las labores”. Sin embargo, el día 5 de diciembre, los trabajadores se encontraban cumpliendo funciones, rayando así en un desacato disponiéndose una orden de arresto en contra de los propios infractores, lo que no prosperó debido a la presentación de un recurso de amparo. El juzgado de la capital provincial condenó a la Empresa Holding And Trading a cancelar una multa de diez unidades tributarias mensuales.







